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Artículo 100 del Decreto 210

Aprueba reglamento complementario del d.l. nº2.306, sobre reclutamiento y movilización de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 284010 · idParte: 7417342

Texto oficial

ART. 100º La conscripción ordinaria es la forma regular de cumplir el servicio militar. Ésta tendrá una duración máxima de dos años en el Ejército, Armada o Fuerza Aérea y se iniciará en el año en que se cumpla diecinueve años de edad, exceptuándose los casos de anticipos, aplazamiento y demás situaciones especiales contempladas en este Reglamento.