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Artículo 171 del Decreto 210

Aprueba reglamento complementario del d.l. nº2.306, sobre reclutamiento y movilización de las fuerzas armadas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 284010 / 7417434.

Texto oficial

ART. 171° Todo reservista está obligado a guardar secreto de los conocimientos o informaciones recibidos en el cumplimiento del deber militar, cuya difusión pueda afectar a la seguridad nacional.