Texto oficial
ART. 222° Este personal formará parte de la reserva de Sanidad de la Institución e investirá los grados de Subteniente a Mayor o sus equivalentes, de acuerdo a las necesidades de la Institución.
Aprueba reglamento complementario del d.l. nº2.306, sobre reclutamiento y movilización de las fuerzas armadas
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