Texto oficial
ART. 228º Las personas llamadas en caso de movilización, integrarán las Unidades y Organismos que determinen las disposiciones respectivas.
Aprueba reglamento complementario del d.l. nº2.306, sobre reclutamiento y movilización de las fuerzas armadas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 284010 / 7417509.