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Artículo 3 de la Ley 16.353 · Autoriza a la municipalidad de puerto natales para contratar el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de puerto natales para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28418 / 8282727.

Texto oficial

Artículo 3°.- El producto del o los empréstitos será destinado por la Municipalidad de Puerto Natales a los siguientes fines: 1) Adquisición de camiones________________ E° 50.000 2) Construcción de garage y habilitación de taller de reparaciones______________ 20.000 3) Construcción de Matadero Municipal y casa de cuidador_______________________ 70.000 4) Construcción del Mercado Municipal_____ 50.000 5) Instalación de calefacción en el Edificio Municipal_____________________ 10.000 ---------- Total______________________________ ___ E° 200.000