Texto oficial
Artículo 29° El Vicepresidente Ejecutivo será el
representante legal, judicial y extrajudicial de la
Corporación de la Vivienda, ejecutará y hará cumplir los
acuerdos de la Junta Directiva y podrá delegar dicha
representación, en las condiciones y con las limitaciones
que establezca la Junta Directiva.