Texto oficial
Artículo 28° Autorízase al Servicio Nacional de Salud
para transferir a sus actuales ocupantes, los sitios en que
se levanta la Población "Nueva Esperanza", ubicada en la
ciudad de Concepción, provincia del mismo nombre.
Fija normas locales sobre construccion, urbanizaciones y otorgamiento de titulos de dominio
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28434 / 8774193.