Texto oficial
Artículo 3°.- El producto del empréstito y el aporte fiscal a que se refieren los artículos 1° y 2° se destinarán por la Municipalidad a los siguientes fines:
a) Construcción de una Casa de
Socorro o posta asistencial
o para suscribir y adquirir
acciones de la Sociedad
Constructora de Establecimientos
Hospitalarios para que construya
un centro asistencial___________________ E° 70.000,-
b) Para la construcción de un
gimnasio-teatro_________________________ 100.000,-
c) Ampliación de la red de agua potable en
las Poblaciones "El Alba" y "Vergara"___ 15.000,-
d) Obras de pavimentación__________________ 20.000,-
e) Para comprar acciones de la Sociedad
Constructora de Establecimientos
Educacionales para que efectúe
ampliaciones y reparaciones en las
Escuelas Aurora y Ramadillas o para
hacer las obras directamente____________ 30.000,-
f) Para ampliación de las Escuelas N°s 20 y
42 de Punta de Diamante-Bajo Lircay_____ 20.000,-
g) Para construcción de edificio para Retén
de Carabineros y policlínica en Punta de
Diamante________________________________ 30.000,-
h) Para construcción o aporte para
construir escuela en Bajo Perquén_______ 15.000,-
i) Subvención para la Parroquia de San
Clemente para reparar templo parroquial_ 20.000,-
j) Terminación edificio Cuerpo de Bomberos_ 10.000,-
k) Subvención al Deportivo San Clemente
para construir o adquirir sede social___ 12.000,-
l) Subvención al Deportivo Racing Club_____ 8.000,-
m) Terminación del edificio de la Cruz Roja 5.000,-