Texto oficial
Artículo 13.- El beneficio a que se refiere el
artículo 81 del DFL. N° 338, de 1960, para el personal de
la Administración Pública, se imputará al ítem
08/01/26.701.
Aprueba el calculo de entradas y la estimacion de los gastos del presupuesto corriente de la nacion en moneda nacional y en monedas extranjeras reducidas a dolares para en año 1966
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