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Artículo 34 de la Ley 16.406

Aprueba el calculo de entradas y la estimacion de los gastos del presupuesto corriente de la nacion en moneda nacional y en monedas extranjeras reducidas a dolares para en año 1966

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

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Texto oficial

Artículo 34.- Con cargo al ítem 09 el Servicio de Aduanas podrá pagar obras de reparaciones y ampliaciones ejecutadas en edificios de La Empresa Portuaria de Chile, destinados a Almacenes de rezago u otras dependencias aduaneras.