Texto oficial
Artículo 33.- De los fondos consultados en el ítem 09,
los Servicios dependientes del Ministerio de Educación
Pública, Carabineros de Chile y Dirección General de
Investigaciones, podrán destinar a reparaciones,
adaptaciones o ampliaciones, de los edificios arrendados o
cedidos, hasta las sumas de E° 5.000 por cada uno de los
arrendados y E° 10.000 por cada uno de los cedidos.