Texto oficial
Artículo 69.- Decláranse bien invertidos, por la
Dirección de Pavimentación Urbana, los fondos consultados
en el ítem 12/02/101.10 del Presupuesto de Capital para
1965, los cuales fueron gastados de conformidad a lo
dispuesto en las letras a) y b) del artículo 35 de la ley
N° 8.946.