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Artículo 4 de la Ley 16.407 · Cuentas de ahorro a plazo en el banco del estado de chile

Cuentas de ahorro a plazo en el banco del estado de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28444 · idParte: 9045337

Texto oficial

Artículo 4°.- Si en cualquier año la suma del porcentaje del reajuste más el interés que el Banco pague a las cuentas de ahorro que tienen derecho a él, fuere inferior al interés que el mismo Banco paga a las cuentas a plazo que no tienen derecho a reajuste, se devengará a favor de las cuentas que tienen derecho a reajuste sólo este último interés.