Texto oficial
Artículo 12°.- Facúltase, asimismo, a la Municipalidad de Iquique para expropiar todo bien raíz o terrenos particulares de acuerdo a las Leyes y Reglamentos que rijan la materia, cuando éstos entraben los planos de loteo regular, remodelación, replanteo o urbanización, pudiendo una vez finiquitadas las expropiaciones, ya sean parciales o totales, ponerlos nuevamente a la venta, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 11° de la presente ley.