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Artículo 3 transitorio de la Ley 16.425 · Modifica la ley numero 11.828

Modifica la ley numero 11.828

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28457 / 8675854.

Texto oficial

Artículo 3.o- Lo dispuesto en la presente ley no podrá significar una innovación en los ingresos consultados en el Cálculo de Entradas del Presupuesto de la Nación correspondiente al año 1965.