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Artículo 18 de la Ley 16.426 · Modifica la ley n° 11.704 sobre rentas municipales

Modifica la ley n° 11.704 sobre rentas municipales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28458 / 9045370.

Texto oficial

Artículo 18° Agrégase el siguiente inciso, nuevo, a la letra a) del artículo 4° de la ley 14.555: Sin embargo, este valor se rebajará, para todos los derechos legales concernientes a la internación, en un 10% por cada año de antigüedad del vehículo, con un máximo de 30%.