Texto oficial
Artículo 15°.- Créase en el Departamento Presidente
Aguirre Cerda, un Juzgado de Letras en lo Civil de Mayor
Cuantía y elévanse a Juzgados de letras de Mayor Cuantía
en lo Criminal los Juzgados de Menor Cuantía del referido
Departamento establecido por decreto número 3.235, de 19 de
Marzo de 1960, del Ministerio de Justicia.