Saltar al contenido

Artículo 19 de la Ley 16.437 · Crea corte de apelaciones en antofagasta y modifica el código orgánico de tribunales

Crea corte de apelaciones en antofagasta y modifica el código orgánico de tribunales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28468 / 9045403.

Texto oficial

Artículo 19°.- Autorízase a la Junta de Adelanto de Arica para destinar, de su Presupuesto Ordinario de los años 1966/1967 y 1968 la suma de E° 300.000 anuales para la construcción de una Casa de Menores que sirva para atender a los menores irregulares de las provincia de Tarapacá y Antofagasta.