Texto oficial
Artículo 19°.- Autorízase a la Junta de Adelanto de
Arica para destinar, de su Presupuesto Ordinario de los
años 1966/1967 y 1968 la suma de E° 300.000 anuales para
la construcción de una Casa de Menores que sirva para
atender a los menores irregulares de las provincia de
Tarapacá y Antofagasta.