Saltar al contenido

Artículo 25 de la Ley Pascua

Crea el departamento de isla de pascua

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28472 / 8282842.

Texto oficial

Artículo 25° Los ciudadanos de la Isla de Pascua, quedarán exentos del requisito establecido en el N° 4) del artículo 24° de la ley 14.853, para su inscripción en los Registros Electorales.