Reajusta sueldos y salarios que indica, modifica los d.f.l. y las leyes que señala, suplementa item de la ley de presupuestos vigente, condona valores entregados a diferetes empleados, crea parque metropolitano de santiago, fija normas sobre prevision, normas estabilizadoras de precios de articulos de primera necesidad y otras materias
Artículo 20°- Autorízase a la Empresa Portuaria de
Chile para aportar la diferencia del mayor gasto que
signifiquen las plantas administrativas y auxiliares del
personal de empleados de dicho Organismo, en cumplimiento de
lo dispuesto en los artículos 34° de la ley N° 15.702, y
7°, inciso tercero, de la ley número 16.250.