Reajusta sueldos y salarios que indica, modifica los d.f.l. y las leyes que señala, suplementa item de la ley de presupuestos vigente, condona valores entregados a diferetes empleados, crea parque metropolitano de santiago, fija normas sobre prevision, normas estabilizadoras de precios de articulos de primera necesidad y otras materias
Texto oficial
Artículo 22°- Reajústanse en un 22 % las
bonificaciones compensatorias establecidas por los decretos
supremos del Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción, Subsecretaría de Transportes, N°s 642, de
1962, y 209, 486 y 505, de 1965, a contar del 1° de Enero
de 1966.