Reajusta sueldos y salarios que indica, modifica los d.f.l. y las leyes que señala, suplementa item de la ley de presupuestos vigente, condona valores entregados a diferetes empleados, crea parque metropolitano de santiago, fija normas sobre prevision, normas estabilizadoras de precios de articulos de primera necesidad y otras materias
Artículo 77°- El Superintendente de Bancos, al
ejercitar las facultades a que se remite el actual artículo
155° del DFL. N° 251, de 1931, lo hará en las mismas
condiciones que esa disposición establece para el
Superintendente de Compañías de Seguros, Sociedades
Anónimas y Bolsas de Comercio.