Reajusta sueldos y salarios que indica, modifica los d.f.l. y las leyes que señala, suplementa item de la ley de presupuestos vigente, condona valores entregados a diferetes empleados, crea parque metropolitano de santiago, fija normas sobre prevision, normas estabilizadoras de precios de articulos de primera necesidad y otras materias
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28477 / 8767088.
Texto oficial
Artículo 92°- No será exigible el título de
Ingeniero Civil o Comercial cuando no hubiere interesados
con esta calidad para el desempeño de los cargos de Jefe y
de Subjefe del Departamento de Adquisiciones de la
Dirección de Aprovisionamiento del Estado, a que se refiere
el artículo 5° del D. F. L.
número 177.
Para aplicar la disposición del inciso primero, deberá
previamente llamarse a concurso mediante publicación en el
"Diario Oficial".