Reajusta sueldos y salarios que indica, modifica los d.f.l. y las leyes que señala, suplementa item de la ley de presupuestos vigente, condona valores entregados a diferetes empleados, crea parque metropolitano de santiago, fija normas sobre prevision, normas estabilizadoras de precios de articulos de primera necesidad y otras materias
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28477 / 8767127.
Texto oficial
Artículo 130°.- Autorízase, por esta vez, a la
Comisión Revalorizadora de Pensiones, para que fije un
nuevo índice de revalorización, de acuerdo con las normas
correspondientes, considerando los mayores ingresos
consultados en la nueva letra f) que se agrega al artículo
11° de la ley N° 15.386.