Reajusta sueldos y salarios que indica, modifica los d.f.l. y las leyes que señala, suplementa item de la ley de presupuestos vigente, condona valores entregados a diferetes empleados, crea parque metropolitano de santiago, fija normas sobre prevision, normas estabilizadoras de precios de articulos de primera necesidad y otras materias
Artículo 147°- Agrégase al final del inciso primero
del artículo 18° de la ley N° 15.263, después de un
punto seguido, la siguiente disposición: "Para la
computación de los trienios se considerará,
indistintamente, la antigüedad por servicios, dentro de la
educación fiscal o particular."