Reajusta sueldos y salarios que indica, modifica los d.f.l. y las leyes que señala, suplementa item de la ley de presupuestos vigente, condona valores entregados a diferetes empleados, crea parque metropolitano de santiago, fija normas sobre prevision, normas estabilizadoras de precios de articulos de primera necesidad y otras materias
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28477 / 8767146.
Texto oficial
Artículo 148°- Sustitúyese el inciso segundo del
artículo 18° de la ley N° 15.263, por el siguiente:
"Desde la misma fecha dejarán de aplicarse a los profesores
a que se refiere este artículo, las disposiciones sobre
reajuste de sueldos y trienios contenidas en la ley N°
10.518."