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Artículo 5 transitorio de la Ley 16.466

Reemplaza escala de sueldos para el personal dependiente del ministerio de defensa nacional modifica los d.f.l. y las leyes que señala impuestos a las compraventas y otras convenciones sobre bienes y a los servicios

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28479 / 9001083.

Texto oficial

Artículo 5.o- Concédese un nuevo plazo de un año, contado desde la fecha de vigencia de la presente ley, para que los imponentes afectos a un régimen previsional puedan reconocer de su cargo ante la respectiva Caja o Institución, el tiempo servido en cumplimiento de la Ley sobre Servicio Militar Obligatorio y declarado computable para todos los efectos legales por el artículo único de la ley número 11.133.