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Artículo 5 de la Ley 16.501 · Autoriza a la municipalidad de san felipe para contratar el prestamo que señala

Autoriza a la municipalidad de san felipe para contratar el prestamo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28492 · idParte: 8282900

Texto oficial

Artículo 5°.- En caso de no contratarse él o los empréstitos, la Municipalidad podrá girar con cargo al rendimiento del uno por mil del impuesto territorial referido en el artículo anterior, para su inversión directa en las obras a que se refiere el artículo 3°.