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Artículo 6 de la Ley 16.506 · Autoriza a la municipalidad de arica para contratar los prestamos que señala

Autoriza a la municipalidad de arica para contratar los prestamos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28494 / 8282912.

Texto oficial

Artículo 6°.- La Municipalidad de Arica podrá girar con cargo a los fondos a que se refiere el artículo 4° para su inversión directa en las obras que se señalan en el artículo 3°, en el evento de no contratarse el préstamo. Podrá, asimismo, destinar a la ejecución de las mencionadas obras el excedente que se produzca entre esos recursos y el servicio de la deuda, en el caso de que ésta se contrajere por un monto inferior al autorizado.