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Artículo 3 de la Ley 16.513

Autoriza ereccion de un monumento, la emision de estampillas postales y aereas y una colecta publica a la memoria del cardenal arzobispo de santiago y primado de chile doctor jose maria caro rodriguez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28500 / 5977924.

Texto oficial

Artículo 3°.- Créase una Comisión, ad-honorem, encargada de determinar la ubicación y características del monumento y de su recepción definitiva, la que estará integrada por las siguientes personas: 1.- El Cardenal Arzobispo de Santiago; 2.- Los Rectores de la Universidad de Chile, de la Universidad Católica de Santiago y de la Universidad Técnica del Estado, los que podrán delegar sus funciones; 3.- El Intendente de la provincia de Santiago, y 4.- El Alcalde de Santiago.