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Artículo 6 de la Ley 16.513

Autoriza ereccion de un monumento, la emision de estampillas postales y aereas y una colecta publica a la memoria del cardenal arzobispo de santiago y primado de chile doctor jose maria caro rodriguez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28500 / 5977927.

Texto oficial

Artículo 6°.- Autorízase realizar anualmente y por el tiempo que sea necesario para dar término a la obra a que se refiere el artículo 1°, una colecta pública en el territorio nacional que se denominará "Pro-Monumento al Cardenal Arzobispo de Santiago y Primado de Chile, doctor José María Caro Rodríguez".