Texto oficial
Artículo 5°.- La Dirección de Especies Valoradas determinará las características de la emisión que autoriza la presente ley, de acuerdo con la Comisión a que se refiere el artículo 3°.
Autoriza ereccion de un monumento, la emision de estampillas postales y aereas y una colecta publica a la memoria del cardenal arzobispo de santiago y primado de chile doctor jose maria caro rodriguez
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28500 / 5977926.