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Artículo 1 de la Ley 16.526

Suprime el bachillerato como requisito de ingreso a las escuelas universitarias dependientes de la universidad de chile, de la universidad tecnica del estado y de las universidades reconocidas por el estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28511 · idParte: 5978050

Texto oficial

Artículo 1.°- Suprímese el Bachillerato como requisito de ingreso a las Escuelas Universitarias dependientes de la Universidad de Chile, de la Universidad Tecnica del Estado y de las Universidades reconocidas por el Estado. Deróganse los artículos 43.° y 75.° del DFL N.° 280, de 30 de Mayo de 1931, y toda otra disposición legal o reglamentaria contraria a la presente ley.