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Artículo 3 de la Ley 16.567

Autoriza a las unidades navales que indica de la armada de los estados unidos de norteamerica para que realicen en aguas chilenas ejercicios navales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28538 / 5978134.

Texto oficial

Artículo 3°.- Las naves que componen la Fuerza de Tarea Norteamericana que participará en la Operación UNITAS VII, estarán liberadas de los derechos y tarifas que corresponda percibir a la Empresa Portuaria de Chile.