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Artículo 14 de la Ley 16.592 · Promulga ley que crea direccion de fronteras y limites del estado

Promulga ley que crea direccion de fronteras y limites del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28558 · idParte: 9045481

Texto oficial

Artículo 14° A contar del 1° de Enero de 1967, créanse en la Planta del Servicio Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores, Presupuesto en Dólares A, los siguientes cargos: ------------------------------------------------------- Categoría Designación N° de Suelo o grado funcionarios unitario US$ ------------------------------------------------------- 1a Categ. Exterior, Embajadores_ _ _ _ _ _ 6 25.800 2a Categ. Exterior, Ministro Consejeros 22.800 1a Clase _ _ _ _ _ _ _ 6 El nombramiento de estos Ministros Consejeros se hará sólo con sujeción a los requisitos señalados en las letras a) y b) del artículo 14° de la ley 15.266.