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Artículo 3 transitorio de la Ley 16.592 · Promulga ley que crea direccion de fronteras y limites del estado

Promulga ley que crea direccion de fronteras y limites del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28558 / 9045489.

Texto oficial

Artículo 3° El Presidente de la República designará libremente al personal de la Dirección de Fronteras y Límites del Estado.