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Artículo 4 de la Ley 11.303

Autoriza a la municipalidad de chimbarongo para contratar uno o mas emprestitos hasta por la suma de $ 2.500.000

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 285674 · idParte: 8440692

Texto oficial

Artículo 4.o.- Para atender el servicio del préstamo a que se refiere el artículo 1.o, establécese una contribución adicional municipal sobre el avalúo de los bienes raíces de la comuna de Chimbarongo de dos por mil anual, contribución que empezará a cobrarse desde la contratación del o los préstamos y que regirá hasta el pago total de los mismos.