Saltar al contenido

Artículo 3 de la Ley 16.613 · Autoriza a las municipalidades que indica para contratar los prestamos que señala

Autoriza a las municipalidades que indica para contratar los prestamos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28576 / 8283043.

Texto oficial

Artículo 3°- El producto del o los empréstitos que la presente ley autoriza contratar a la Municipalidad de Mulchén, deberá ser invertido en los siguientes fines: a) Terminación del Teatro Municipal E° 100.000,00 b) Aporte a la Dirección de Obras Sa- nitarias para obras de agua pota- ble y alcantarillado _ _ _ _ _ _ _ _ 100.000,00 c) Aporte a la Dirección de Pavimenta- ción Urbana para obras de pavimenta- ción de aceras y calzadas _ _ _ _ _ 50.000,00 d) Mejoramiento de la red de alumbrado público _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 50.000,00 e) Aporte al Cuerpo de Bomberos de la comuna para la terminación del edificio destinado a Cuartel 50.000,00 TOTAL _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ E° 350.000,00