Fija escala de categorias, grados y sueldos de los funcionarios que indica. crea la corporacion denominada servicio de bienestar del magisterio y de los funcionarios dependientes del ministerio de educacion publica. dispone fondos para diversas instituciones. modifica impuestos. modifica leyes y decretos con fuerza de ley que señala. aprueba disposiciones varias. otras materias.
Texto oficial
Artículo 42°.- A contar del 1° de Enero de 1967, las
Asistentes Sociales de las Plantas Directivas, Profesionales
y Técnicas del Ministerio de Educación Pública quedarán
afectas a lo dispuesto en el artículo 17° de la ley N°
14.453.