Texto oficial
Artículo 107°.- Reemplázase en el artículo 91° de
la ley N° 16.464, de 25 de Abril de 1966, la palabra
"quince" por "diez".
Fija escala de categorias, grados y sueldos de los funcionarios que indica. crea la corporacion denominada servicio de bienestar del magisterio y de los funcionarios dependientes del ministerio de educacion publica. dispone fondos para diversas instituciones. modifica impuestos. modifica leyes y decretos con fuerza de ley que señala. aprueba disposiciones varias. otras materias.
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