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Artículo 120 de la Ley 16.617

Fija escala de categorias, grados y sueldos de los funcionarios que indica. crea la corporacion denominada servicio de bienestar del magisterio y de los funcionarios dependientes del ministerio de educacion publica. dispone fondos para diversas instituciones. modifica impuestos. modifica leyes y decretos con fuerza de ley que señala. aprueba disposiciones varias. otras materias.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28580 / 8758472.

Texto oficial

Artículo 120°- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley número 16.592, que creó la Dirección de Fronteras y Límites del Estado: a) Reemplázase el artículo 8° por el siguiente: "Art�culo 8°.- Fíjanse las plantas de funcionarios para la Dirección de Fronteras y Límites del Estado con las categorías, grados y remuneraciones de la escala de la Administración Civil Fiscal que se indican: Cat. o D Renta Grado Unitaria empleados Total Anual ------------------------------------------------------- 1a. C. Director______E° 40.116 1 E° 40.116 2a. C. Subdirector y Secretario General_______ 33.156 2 66.312 3a. C. Jefes Departamentos 27.156 6 162.936 4a. C. Profesionales Técnicos o Expertos______ 22.356 7 156.492 5a. C. Profesionales, Técnicos o Expertos 20.352 5 101.760 6a. C. Profesionales, Técnicos o Expertos______ 19.164 5 95.820 PLANTA ADMINISTRATIVA 5a. C. Oficiales 1°s_ 14.388 7 100.716 6a. C. Oficiales 2°s_ 10.920 6 65.520 7a. C. Oficiales 3°s_ 9.252 4 37.008 PLANTA DE SERVICIOS 1° Gr. Mayordomo_____ 8.304 1 8.304 6° Gr. Auxiliares____ 5.832 2 11.664 7° Gr. Auxiliar______ 5.568 1 5.568." b) Suprímese el inciso primero del artículo 9°. c) Sustitúyese en el inciso segundo la palabra "Ministerio" por "Ministro". d) Suprímese el artículo 4° transitorio. e) Intercálase en el artículo 12° a continuación de "compatibilidad", la frase "del total o parte".