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Artículo 129 de la Ley 16.617

Fija escala de categorias, grados y sueldos de los funcionarios que indica. crea la corporacion denominada servicio de bienestar del magisterio y de los funcionarios dependientes del ministerio de educacion publica. dispone fondos para diversas instituciones. modifica impuestos. modifica leyes y decretos con fuerza de ley que señala. aprueba disposiciones varias. otras materias.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28580 · idParte: 8758482

Texto oficial

Artículo 129°.- Concédense los siguientes aportes durante 1967, a las Instituciones y Ministerios que se indican: 1.- Corporación de Fomento de la Producción_____________________E° 100.000.000 2.- Ministerio de Hacienda, para dar cumplimiento a ley sobre Fomento de las Exportaciones________________________ 35.000.000 3.- Ministerio de Defensa Nacional_____________________________ 30.000.000 4.- Ministerio de Obras Públicas_____________________________ 55.000.000 ----------- E° 220.000.000