Texto oficial
Artículo 155°- Introdúcense las siguientes
modificaciones al artículo 22°, letra g) del D.F.L. N° 5,
de 1963: a) reemplázase en el inciso primero el guarismo
"30" por "90", y b) reemplázase el inciso segundo por el
siguiente: "Dentro de los noventa días siguientes a los
vencimientos respectivos, enviarán una nómina análoga de
los deudores morosos de impuestos o contribuciones no
sujetos a rol o girados fuera de rol."