Saltar al contenido

Artículo 155 de la Ley 16.617

Fija escala de categorias, grados y sueldos de los funcionarios que indica. crea la corporacion denominada servicio de bienestar del magisterio y de los funcionarios dependientes del ministerio de educacion publica. dispone fondos para diversas instituciones. modifica impuestos. modifica leyes y decretos con fuerza de ley que señala. aprueba disposiciones varias. otras materias.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28580 · idParte: 8758510

Texto oficial

Artículo 155°- Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 22°, letra g) del D.F.L. N° 5, de 1963: a) reemplázase en el inciso primero el guarismo "30" por "90", y b) reemplázase el inciso segundo por el siguiente: "Dentro de los noventa días siguientes a los vencimientos respectivos, enviarán una nómina análoga de los deudores morosos de impuestos o contribuciones no sujetos a rol o girados fuera de rol."