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Artículo 156 de la Ley 16.617

Fija escala de categorias, grados y sueldos de los funcionarios que indica. crea la corporacion denominada servicio de bienestar del magisterio y de los funcionarios dependientes del ministerio de educacion publica. dispone fondos para diversas instituciones. modifica impuestos. modifica leyes y decretos con fuerza de ley que señala. aprueba disposiciones varias. otras materias.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28580 · idParte: 8758511

Texto oficial

Artículo 156°.- Autorízase a los Servicios, incluídos en los artículos 1° y 11° de la presente ley, para efectuar traspasos en el primer semestre de 1967, entre los ítem de remuneraciones, con el objeto de concurrir al financiamiento que significa la aplicación de dichos artículos.