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Artículo 249 de la Ley 16.617

Fija escala de categorias, grados y sueldos de los funcionarios que indica. crea la corporacion denominada servicio de bienestar del magisterio y de los funcionarios dependientes del ministerio de educacion publica. dispone fondos para diversas instituciones. modifica impuestos. modifica leyes y decretos con fuerza de ley que señala. aprueba disposiciones varias. otras materias.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28580 / 8758604.

Texto oficial

Artículo 249°.- Facúltase al Presidente de la República para reponer total o parcialmente los derechos consulares establecidos en los artículos 2°, 5°, 7° y 9° números 29 y 31 de la ley N° 8.284, modificada por el DFL. N° 312, de 1960. Asimismo, el Presidente de la República en virtud de esta facultad podrá dar vigencia a los artículos 3°, 6° y 10° de la mencionada ley, derogados por el DFL. N° 312, de 1960.