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Artículo 22 de la Ley 16.618 · Fija el texto definitivo de la ley de menores

Fija el texto definitivo de la ley de menores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28581 / 8452446.

Texto oficial

Artículo 22° Para poder ser Juez de Letras de Menores será necesario tener las calidades requeridas para el desempeño de las funciones de Juez de Letras de Mayor Cuantía de departamento y comprobar conocimientos de psicología, en la forma que determine el reglamento.