Texto oficial
Artículo 63° En los procesos relativos a delitos
cometidos por mayores y de que conocieren los Jueces de
Letras de Menores, el procedimiento será el señalado en el
Título I del Libro III del Código de Procedimiento Penal.
Fija el texto definitivo de la ley de menores
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28581 / 8452489.