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Artículo 3 de la Ley 16.630 · Declara exentos del impuesto que indica a los espectaculos que señala

Declara exentos del impuesto que indica a los espectaculos que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28589 / 7177364.

Texto oficial

Artículo 3°- La calificación de "chileno o nacional", que se otorga en virtud de lo dispuesto en el artículo 16° de la ley N° 5.563, de 11 de Enero de 1935, tendrá para las compañías permanentes un plazo de validez de un año, el que se contará desde la calificación.