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Artículo 258 de la Ley 16.640 · Reforma agraria

Reforma agraria

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28596 / 8858175.

Texto oficial

Artículo 258°.- El Servicio Agrícola y Ganadero podrá delegar en el Instituto de Investigaciones Agropecuarias algunas de sus funciones y atribuciones relacionadas con la investigación que le corresponde en su carácter de sucesor de la Dirección de Agricultura y Pesca.