Texto oficial
Artículo 6°- Destínase con el objeto de atender el servicio del o los empréstitos autorizados, el rendimiento de la tasa parcial del uno por mil, sobre el avalúo imponible de los bienes raíces de la comuna de Los Angeles, establecida en la letra e) del artículo 2° del decreto del Ministerio de Hacienda N° 2.047, de 29 de Julio de 1965.